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martes, 14 de enero de 2014

La infalible CEGAIP: sin voluntad ni responsabilidad

Por   Por José Victoriano Martínez Guzmán

La ignorancia en el tema de transparencia ha caracterizado a la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, como resultado de una integración del organismo desde el Congreso con la mira puesta en proteger los intereses de quien está en el poder, antes que hacer viable el derecho de acceso a la información Pública (DAIP).
Nueve personas han pasado por la CEGAIP, incluidas las tres que hoy la integran. Cuatro han ocupado la presidencia y, unos más que otros, mostraron ánimo de compensar la ignorancia en el tema con voluntad para encontrar mecanismos que mejoraran el ejercicio del DAIP. Venció el perfil menos voluntarioso y más ignorante.
Cuando Alfonso Serment Gómez asumió la presidencia de la CEGAIP, llegó en el momento en que su antecesora, María de la Luz Islas, estaba por implantar un sistema para que las sesiones del pleno de la Comisión fueran transmitidas en vivo, vía internet, o cuando menos quedara constancia en video de lo ocurrido en ellas.
Serment Gómez canceló ese proyecto, así como la difusión de las resoluciones de la CEGAIP, y cuestiones similares, en clara ruta a lo que hoy resulta obvio, aunque no los acepten: Ser el peor organismo garante, en una posición ganada a pulso: el penúltimo lugar está 19.1 puntos arriba de los 20.1 que alcanzó.
Cuando la voluntad es hacer de la transparencia apariencia, la ignorancia cobra su cuota. Con una indignación propia de la que deberían despertarle los inverosímiles pretextos de los entes obligados para negar información, la Comisión envió una réplica de 26 cuartillas a los organismos que desarrollaron el estudio.
En su indignación, pasaron por alto que Artículo 19 y México Infórmate expusieron, como una de las razones por las que obtuvo la más baja calificación en acceso a la información, “introducir de manera recurrente prácticas que se consideran negativas al dar trámite a una solicitud de información”.
Entre esas prácticas se encuentra pedir aclaración a la petición, pedir al solicitante acudir a las oficinas cuando la información se puede enviar vía electrónica, responder fuera de plazo y pedir acreditación de quien solicitó información a nombre de la organización.
Este último punto es uno de tantos en los que, en su réplica, la CEGAIP exhibe su poca sensibilidad para el tema de transparencia. “Nos interesa que conozcan las razones por las cuales se pidió acreditar la personalidad del representante de Artículo 19”, dicen.
Y enseguida ponen por encima del artículo 6º Constitucional, el 17 de la Constitución local y los artículo 7, 10 y 14 de la Ley de Transparencia potosina, el artículo 4º de esta misma ley, que da carácter supletorio al Código de Procedimientos Civiles “en lo no previsto”.
Es decir, la CEGAIP ratifica por escrito su poca voluntad para atender el principio de máxima publicidad en aras de su vocación por la opacidad, y somete el DAIP a un código procedimental.
Hasta mentecata se llega a ver la CEGAIP al reprochar que sí ha publicado su presupuesto anual como aclaración al hecho de que en él no se contemplan partidas para promoción del DAIP ni programas de investigación y difusión del derecho.
Eso sí, la postura en la réplica y en el comunicado de prensa es de que se trata de una comisión infalible que, si es mal calificada, es por la falta de presupuesto y por errores de otros. Por cierto, en cuanto a éstos, otra vez la CEGAIP ha tomado al IPICYT para lavarse las manos por las fallas en su sitio Web, igual que cuando falló Infomex en 2011.
En cuanto a la falta de presupuesto, nomás basta recordar que la publicidad de las sesiones, que fue uno de los puntos reprobados, ya estaba concretada, pero la falta de voluntad de Serment Gómez al asumir el cargo la eliminó.

O sea que “falta de presupuesto” es un eufemismo de “falta de voluntad”, en tanto que los “errores de otros” no pueden ser otra cosa que “falta de responsabilidad”. Resultado: el peor organismo garante de la transparencia.

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