La ASE y el dilema de la transparencia
Por José Victoriano
Martínez Guzmán
Aunque el plazo para
que entregue los informes finales de auditoría de los 58 ayuntamientos, 23
organismos de agua potable y 21 sistemas DIF municipales, vence el 31 de mayo, José
de Jesús Martínez Loredo, auditor superior del Estado, anuncia que esta semana
remitirá los primeros a la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado.
Se trata de la
primera entrega a su cargo y, por tanto, del primer acto de tal magnitud en el
que mostrará los alcances de su compromiso con la transparencia, sobre todo en
la interpretación que dé a la obligación que le marca el párrafo sexto del
artículo 54 de la Constitución Política del Estado.
“La Auditoría
Superior del Estado deberá guardar reserva de sus actuaciones y observaciones,
hasta que rinda los informes a que se refiere este artículo; la ley establecerá
las sanciones aplicables a quienes infrinjan esta disposición”, dice textual el
párrafo referido.
Constitucionalmente,
la reserva que hoy es válida sobre las revisiones a las cuentas públicas se
levanta en el momento en que los informes son remitidos a la Comisión de
Vigilancia. En tanto la reserva está vigente, cualquier indiscreción debe ser
sancionada por la ley; una vez presentados los informes, la ley tendría que
sancionar a quien niegue el acceso público a esa información.
Sin embargo, esa
disposición no cuenta con su parte correspondiente en la Ley de Auditoría, lo
que fue aprovechado por Héctor Mayorga Delgado, antecesor de Martínez Loredo,
para negar ese tipo de información, al hacer valer la Ley como si tuviera mayor
jerarquía que la Constitución.
La actitud de
opacidad del ex auditor provocó litigios que, cuando menos en el caso de los
pliegos de observaciones a la Cuenta Pública 2009 del gobierno estatal,
llegaron al Poder Judicial de la Federación, con un revés para los afanes
ocultistas de Mayorga Delgado, quien se vio obligado a entregar los documentos
que por más de tres años negó.
La publicidad de los
informes de auditoría no sólo pone a prueba a quien encabeza la Auditoría
Superior del Estado (ASE), sino a los 27 diputados, muy dados a presentar iniciativas
pero poco atentos a hacer cumplir la Carta Magna o a favorecer su cumplimiento
con la armonización de la Ley del caso.
Durante la pasada Legislatura,
la diputada Bernardina Lara promovió una iniciativa para adicionar un párrafo
al artículo 65 de la Ley de Auditoría: “Los informes finales de las revisiones
de las cuentas públicas tendrán carácter público, a partir de que éstos sean
entregados por la Auditoría Superior a la Comisión, para cuyo fin se publicarán
en forma inmediata en los portales de transparencia de sus sitios de internet”.
Aquel intento por
armonizar la Ley con la Constitución fue desechado por los legisladores con un
dictamen que prácticamente dictó Mayorga Delgado, con los mismos argumentos que
después pretendió hacer valer para mantener su negativa a entregar los pliegos
de observaciones de la Cuenta Pública 2009.
Si bien la Ley quedó
como una de las pocas en el país que no establecen expresamente la difusión de
oficio de los informes de auditoría, la Constitución local no deja de quitarles
ese carácter en el momento en que la ASE los entrega a la Comisión de
Vigilancia.
El caso más
relevante con relación a la publicidad de estos informes lo representa la
Auditoría Superior de la Federación, que el mismo día que entrega sus informes
en el Congreso es posible conocer el extenso documento en su sitio de internet.
Juan Manuel Portal
Martínez, auditor Superior de la Federación, ha adoptado incluso una actitud
totalmente opuesta a la de Mayorga. En diversos foros ha lamentado que la ley
le permita publicar la información hasta la presentación de los informes, porque
hay etapas en las revisiones en las que no sólo se puede hacer pública, sino
que ayudaría a los procesos de auditoría.
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