Transparencia en indefensión
Por José Victoriano Martínez Guzmán
Cuando se presumen avances en transparencia, resulta
preocupante que la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información
Pública exhibe la verdadera convicción que los guía a la hora de enarbolar las
causas del derecho de acceso a la información pública: su transparencia se rige
por el principio de mínima publicidad, lo que la convierte en una opacidad con
disfraz.
El martes 12 de mayo, la CEGAIP emitió uncomunicado en el que se declara “lista para analizar la Ley General de Transparencia
y Acceso a la Información Pública para proponer los cambios necesarios es nuestra
Ley de Transparencia: comisionada
presidenta Yolanda Camacho Zapata”.
“Algunos de los cambios y aportaciones tienen que
ver con los Procedimientos de Acceso a la Información, pues se da una
ampliación de los términos para la entrega de la información que del doble al
doble con respecto de lo que la Ley local señala, es decir 20 días hábiles para
que se entregue la información y prorrogable a otro periodo igual”, señala
textualmente.
Cual si festinara la presunta ampliación del plazo para
las respuestas a las solicitudes de información, el comunicado de la CEGAIP resulta
una amenaza en contra de los solicitantes de información, para quienes el
organismo garante de su derecho ya les anuncia que cándidamente duplicarán los
plazos, en perjuicio de la oportunidad en el acceso a la información pública.
El artículo 132 de la nueva Ley dice: “La respuesta
a la solicitud deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible,
que no podrá exceder de veinte días, contados a partir del día siguiente a la
presentación de aquélla.
“Excepcionalmente, el plazo referido en el párrafo
anterior podrá ampliarse hasta por diez días más, siempre y cuando existan
razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de
Transparencia, mediante la emisión de una resolución que deberá notificarse al
solicitante, antes de su vencimiento”. Es decir, los 20 días son el límite
máximo y la prórroga no duplica el plazo, pero además debe estar fundada y
motivada con acuerdo del Comité de Transparencia.
Es bastante lamentable que un comunicado oficial de
la CEGAIP, el organismo garante, lejos de manifestar preocupación por que se
pueda afectar a los solicitantes en la oportunidad de las respuestas, exponga
una interpretación –incluso imprecisa– que favorecería que las respuestas se
retrasaran cuatro veces el periodo inicial hoy vigente en la Ley local.
Peor aún. A lo que el carácter de organismo garante
del derecho de acceso a la información pública obliga a la CEGAIP es a atender
el principio pro persona que ordena aplicar el artículo primero de la
Constitución General de la República, y a defender el principio de máxima
publicidad contemplado en la propia nueva Ley General de Transparencia y en la
ley local.
La bandera que le corresponde enarbolar a la CEGAIP
es aquella que busque evitar cualquier retroceso en los derechos ya adquiridos
por los usuarios del derecho de acceso a la información ante los entes
obligados de San Luis Potosí.
Esa opción está contemplada en la propia Ley
General de Transparencia. El artículo Séptimo transitorio de la nueva Ley
General dice: "No se podrán reducir o ampliar en la normatividad federal y de
las Entidades Federativas, los plazos vigentes en la normatividad de la materia
en perjuicio de los solicitantes de información".
Está muy claro: si en la Ley local el plazo de
respuesta es de 10 días con una prórroga igual, modificarlo para que sea de 20
días con una posible prórroga de diez más es una ampliación de un plazo vigente,
en perjuicio de los solicitantes de información. La CEGAIP y el Congreso local
están obligados a preservar ese derecho y evitar el perjuicio que ampliar el
plazo representa.
Como ese hay varios casos en los que la CEGAIP
debería estarse pronunciando ya, y exponiéndolos públicamente, como bandera a
favor de la transparencia y una postura ante la revisión que a la Ley local se
le tiene que hacer. Pero toda revisión a una ley despierta la tentación de los
retrocesos y la CEGAIP ya dio muestras de su filiación a favor de abonar a la
opacidad.
Nada nuevo de parte de un organismo que ha mostrado
su tendencia a aplicar en sentido inverso el principio de máxima publicidad que
ordena la Ley. Los casos que acreditan tal afirmación resultan frecuentes… pero
que esa actitud quede manifiesta en sus comunicados es más que un indicador de
que el derecho de acceso a la información pública en San Luis Potosí se
encuentra en estado de indefensión.
Está claro que entre más turbia y oscura sea la actividad burocrática, más posibilidades tienen los políticos y servidores públicos de robar dinero proveniente de nuestros impuestos en la obra pública o compra de servicios y materiales o, de los moches que les dan los que reciben un contrato...
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